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viernes, 10 de mayo de 2013cermi.es semanal Nº 78

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CERMIS Autonómicos

El CERMI Comunidad de Madrid reclama ajustes precisos para que la Ley de Autonomía Personal no vulnere la Convención de la ONU

07/05/2013

El CERMI Comunidad de Madrid reclama a la Comunidad de Madrid que promueva los ajustes precisos para que la Ley de Autonomía y Atención a la Dependencia no vulnere los preceptos fundamentales establecidos en la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, sobre todo teniendo en cuenta que la Comunidad ratificó este tratado internacional a favor de la igualdad de trato y de oportunidades para las personas con discapacidad en el año 2008.

Pese a que la Ley de Dependencia es una normativa de rango estatal, el CERMI Comunidad de Madrid entiende que el Ejecutivo regional, sin necesidad de proponer al Gobierno central su modificación parcial o total, puede y debe arbitrar medidas para que se cumpla la citada Convención en todas las esferas de la vida social y económica de la Comunidad, particularmente en el ámbito de la Dependencia, en el que todas las acciones que se promueven “están más enfocadas a contribuir y alimentar la situación de dependencia y vulnerabilidad social que a fomentar la autonomía personal que pretende impulsar el citado tratado”.

El CERMI Comunidad de Madrid, además, reitera que hace ya casi cinco años que la Comunidad aprobó una declaración institucional en la que reconocía la “extraordinaria importancia” del tratado “como instrumento jurídico internacional, al instaurar una nueva concepción de la discapacidad, centrada en los derechos humanos”. Por ello, a juicio del Comité, la Comunidad debe velar porque “la aplicación del tratado se materialice y porque toda la normativa de aplicación en el ámbito de la Comunidad (estatal o regional) tenga en cuenta el citado convenio de carácter internacional”. En concreto, el Comité desea poner de relieve que resulta “llamativo” que la normativa actual (regional o nacional), en especial la estatal que regula la Dependencia, está “plagada de incoherencias”, dado que no contribuye en absoluto a fomentar la autonomía personal de quienes tienen discapacidad, y ello transgrediendo la Convención de la ONU, debido a la escasa voluntad política por armonizar toda la legislación según los parámetros del mencionado tratado.

Sin ir más lejos, la Convención de la ONU, en su artículo 19 - apartados a) y b)-, recoge y desarrolla “el derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad”, además de indicar que las personas con discapacidad “deben tener la oportunidad de elegir dónde y con quién vivir”, así como de “acceder a servicios de apoyo que promuevan su inclusión en la sociedad y eviten su aislamiento”.

No obstante, como contrapartida, la Ley de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, en sus artículos 14 y 15, regula un catálogo de servicios, así como su prestación, dirigido a regular el apoyo preciso en domicilios, residencias, centros de día o a través de la denominada ‘teleasistencia’ y que, en cualquier caso, directa o indirectamente, “favorece la reclusión y el aislamiento de las personas dependientes, dado que no contempla medidas concretas sobre cómo favorecer la inclusión social de estas personas”.

El Comité, asimismo, considera que las acciones llevadas a cabo por el Ejecutivo regional, así como por el central, demuestran que actualmente se prima más la situación de “dependencia” que la “autonomía personal”, y que ello fomenta que se contribuya a construir una sociedad dependiente y pasiva, en vez de trabajar para que, quienes estén en situación de dependencia, sea del grado que sea, tengan la opción de “ser incluidos en la comunidad y no recluidos”.

Por todo ello, el Comité estima “vital” que el gobierno regional adopte las medidas precisas para que la Ley de Dependencia no vulnere el citado tratado, dado que en su día ya reconoció la importancia que tiene el cumplimiento de la Convención de la ONU para asegurar los derechos “irrenunciables” que tienen las personas con discapacidad, al igual que el resto de la ciudadanía.

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